lunes, 19 de febrero de 2024

Fronteras del municipio Piar del estado Bolívar. Un tema poco conocido. Algunas precisiones Parte 1


Al noreste de Bolívar y en coctacto con la zona central del estado más grande de Venezuela al sur de este territorio se localiza el municipio Piar. La línea en negro indica sus límites actuales. 

Marco Legal del poder público municipal

Antes de entrar en materia de la división político territorial del estado Bolívar y cómo ha sido el proceso histórico y las consideraciones geográficas relativas al tema de las fronteras del municipio Piar hagamos algunas precisiones legales y teóricas sobre el poder público municipal. 

Los Gobiernos municipales en Venezuela son de vital importancia para su desarrollo económico y cultural. Además, presentan desafíos únicos en términos de gestión y administración territorial.

En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se establece que los municipios constituyen la unidad política primaria de la organización nacional y gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de la constitución y de la ley. La autonomía municipal comprende, entre otros aspectos, la elección de sus autoridades.

Es importante reconocer que el Municipio en Venezuela no es simplemente una demarcación territorial administrativa, sino un nivel político territorial de rango constitucional. Cada municipio tiene su propio gobierno conformado por un órgano legislativo (Concejo Municipal) y una Administración Pública municipal (Alcalde). Estos límites municipales definen las competencias y responsabilidades de cada entidad local, permitiendo una gestión más eficiente y cercana a las necesidades de la comunidad.

Tener precisión sobre sus límites geográficos es un tema interesante tanto en el ámbito legal de definición estricta del territorio en el cual actúa cada poder público municipal, cómo se divide políticamente el territorio estatal, y forma parte del conocimiento que cada ciudadano y organismo oficial, ONG, comunidades, poder electoral, empresas privadas y centros de investigación, entre otros deben manejar y tener presente para planificar, ejecutar y regular sus competencias y accionar, en el marco del ordenamiento jurídico de la República y sus estados.

Los estados que conforman históricamente el primer rango territorial en importancia encargados de la planificación y administración de la gestión administrativa del sector público, luego del Poder Público Nacional, a su vez se dividen en entidades territoriales primarias, como son los municipios, anteriormente conocidos como cantones y luego distritos. Después de 1989 se pasaron a llamar municipios, con la reforma de la Ley de Régimen Municipal de 1989, que estableció la elección directa de los alcaldes y concejales. 

Antes de esta ley el estado Bolívar contaba con solo seis entidades territoriales distritales, hoy denominadas municipios: Cedeño, Sucre, Heres, Piar y Roscio, a las que se sumó, comenzando la década del 60 del siglo XX, Caroní. Posteriormente fueron creados por sucesivas reformas de la Ley Estadal de División Político Territorial los municipios Gran Sabana, Raúl Leoni hoy Angostura, El Callao, y Padre Chien. 

Piar ha perdido más  del 50 por ciento de su territorio  

Mapa del estado Bolívar con sus 5 Distritos históricos creados a partir de la primera década del sigloXX. Se observa como Sucre, Heres hoy Angostura del Orinoco, Piar y Roscio, eran entidades territoriales fronterizas con Brasil.

Luego de la última reforma de la Ley de División Político Territorial del estado Bolívar sancionada en 1995 por la anteriormente denominada Asamblea Legislativa del estado Bolívar, el municipio Piar nuevamente vio reducida su extensión territorial a la mitad de su superficie histórica, al ser separada de esta entidad local las fértiles planicies, llanuras, y áreas selváticas localizadas en el área de influencia de la población de El Palmar. Esta área se ubica al este del río Guanaraparo, y la parte alta de la Sierra Imataca desde el sector Manganeso hasta la divisoria de aguas del Orinoco y el Yuruari Cuyuní, hasta la línea de frontera con el estado Delta Amacuro. 

Ese nuevo territorio municipal fue denominado Padre Chien y tiene como capital la pequeña ciudad El Palmar. 

Comenzando los años 90 a Piar ya se le había separado su zona sur, desde el río Carrao en el Parque Nacional Canaima hasta la frontera con Brasil Sierra Pacaraima, para anexarle ese territorio al recién creado municipio Gran Sabana. 

Este nuevo municipio Gran Sabana incluyó al este las extensiones territoriales ubicadas al sur del antiguo distrito Roscio, desde Sierra de Lema o la zona de la Escalera frente a la Guayana Esequiba, hasta la frontera con Brasil al oriente, y corriendo sus límites desde la triple frontera del Roraima Tepuy, siguiendo la línea limítrofe con Brasisl al sur hasta el pueblo minero de Icabarú.

Límites actuales del municipio Piar

Por el norte la línea fronteriza de Piar, con el municipio Casacoima del estado Delta Amacuro se inicia al sur de la población de Imataca, cerca de las nacientes del río Casacoima. Allí comienza su frontera con el municipio Caroní, que va en diagonal hasta el sector Cerro Azul, de este punto en línea recta se conecta con el río Caroní, cerca de Río Claro y un poco al norte de la zona de construcción de la Represa de Tocoma. En este punto que marca el comienzo de la frontera occidental del municipio Piar con el hoy municipio Angostura, la línea fronteriza sigue el curso del Caroní, pasando por la línea media del embalse de Guri, y compartiendo el cauce del Medio Caroní hasta la desembocadura del río Carrao, al noroeste del pueblo de Canaima. 

Por el este, pasando el puente del río Guanaraparo, la línea fronteriza con Padre Chien llega hasta un sector más al sur de las sabanas del río Carichapo, donde Piar limita con el municipio Roscio, con el que comparte el cerro Guacamayo y luego de las divisorias de agua de los ríos Caroní y Yuruari, sigue hacia el sur teniendo como límite el propio río Yuruari, en su curso medio y alto, hasta el sector minero de El Supamo, el antiguo Lote Boscoso San Pedro,  parte del río Guariche, y la separación de las cuencas del Caroní con el Yuruán, tributario de primer orden junto al Yuruari del río Cuyuní. Por lo que toda la zona húmeda de la cuenca del río Antabare hasta su desembocadura en Caroní, exactamente frente al sector turístico Arekuna forma parte del municipio Piar. Esta es un área de muy difícil acceso, perteneciente al Parque Nacional Canaima, donde no existen accidentes geográficos naturales visibles, como ríos, comunidades, pueblos y cerros, que permitan una sencilla observación de la línea de separación fronteriza entre Piar y Sifontes por el este. 

El río Carrao delimita la frontera del Municipio Piar con el municipio Gran Sabana desde su boca en el Caroní hasta la boca del Akanán 

La línea de frontera entre los municipios Piar al norte y Gran Sabana al sur, corre por el cauce del río Carrao, tal como muestra la imagen de GoogleMap, el río Akanán, su desembocadura en el Carrao marca el punto de contacto entre estos municipios con Sifontes, que se sitúa al este y al noreste de esta zona selvática, en la línea de separación de las cuencas que drenan hacia el Caroní y el Cuyuní.

La frontera sur del municipio Piar con el gigantesco municipio Gran Sabana sí tiene un excelente delimitador de sus límites, que no es otro que el río Carrao, el imponente y hermoso curso de agua que recoge prácticamente más del 80 por ciento de la escorrentía que nace en el Auyantepuy, y gran parte de las aguas que provienen del cerro de Lema, las cuales por cierto en sentido este oeste drenan directamente hacia el Caroní. 

Esta frontera natural entre Piar y Gran Sabana tiene aproximadamente unos 140 kilómetros, en un recorrido sinuoso, interrumpido en el sector Canaima y sus dos lagunas, que son atractivos turísticos de rango internacional, por los magníficos saltos Ucaima, Hacha, Golondrina, y Sapo, entre otros. 

El río Carrao más arriba se despliega en su curso de aguas negras llenas de tanino y sobre lechos de roca y arenosos en algunas porciones recorriendo un paisaje de sabanas, selvas de galería y bosques húmedos, que luego del sector Mayupa hacia el este se internan en un lujuriante valle donde el nivel de humedad es enorme, por la elevada precipitación que sobre en todo en la época de mayor intensidad de las lluvias, de mayo hasta octubre noviembre, se genera en lo alto de las formaciones tepuyanas del Auyantepuy, los cerros de El Sol y la Luna, al sur del Carrao, que sí pertenecen al municipio Gran Sabana. 

Importante destacar las inconfundibles siluetas del cerro Kuruvaina, Kusari o Venado y Kurún Tepuy,  sur a norte, (visibles en la fotografía de Wikipedia arriba con el río Carrao en primer plano) que son éstos los relieves montañosos que se pueden visualizar, detrás de los saltos de la zona de la Laguna de Canaima, tan visitados y admirados por los turistas. Estos relieves tepuyanos y cerros de montaña húmeda, siempre en la margen derecha del Carrao, pertenecen al territorio del municipio Piar, ya que la frontera sigue siendo el Carrao en dirección oeste este hasta un punto localizado en la desembocadura del río Akanán, que nace también en el valle del Auyantepuy. La Boca del Akanán se sitúa al norte franco del valle del Karamacata. Desde este punto la línea fronteriza de Piar ya no sigue en dirección al este sino que se tuerce en ángulo recto hacia el norte, colindando no con Gran Sabana sino con el municipio Sifontes, siguiendo la divisoria de aguas de las cuencas del río Yuruán con el río Antabaré y  las nacientes montañosas de otros cursos que drenan hacia el Caroní, como el Kapín y el Chicanán.

En conclusión la frontera sur es la más clara y fácil de precisar del municipio Piar, en este caso con su municipio hermano Gran Sabana, porque la demarca y la define el río Carrao, que es un curso de agua de primer nivel. Se trata de un curso fluvial de extrema exuberancia y navegable por curiaras y lanchas en buena parte de su cauce medio. Es además un  tributario principal del Caroní, de aguas permanentes, que avanza sobre paisajes de sabanas, no tan extensas, bosques húmedos y formaciones tepuyanas y montañas, en algunas de las cuales se registran precipitaciones acumuladas muy extremas, superiores o cercanas a los 4000 mm anual.  

En este sector de tierras protegidas, donde habitan y se desplazan con habilidad sus habitantes indígenas del pueblo pemón karamacoto,  el Parque Nacional Canaima se extiende hasta el municipio Piar, que tiene el privilegio no solo de compartir con el municipio Gran Sabana este patrimonio natural, sino el de tener en su territorio a varios de sus tepuyes más conocidos como los mencionados Kuruvaina, Kusarí y Kurún.. En esa zona a casi 1600 metros sobre el nivel del mar, al noroeste de isla Orquidea en el Carrao, se encuentra una formación montañosa con bosques húmedos, que constituye el punto más elevado o la mayor cima del municipio Piar, que deja atrás a otro tepuy ubicado más a norte que posee una altitud de 1400 metros sobre el nivel del mar. 

Esta es sin duda la línea fronteriza oficial más atractiva del municipio Piar, perteneciente a su vez a la parroquia Pedro Cova capital El Manteco, que dista del sector Canaima solo 135 kilómetros en línea recta. 

Bing Map y Openstreepmap incurren en error 

Erróneamente el mapa de OpenStreetMap, que utiliza como base cartográfica BingMap, señala que las tierras en la margen derecha del río Carrao pertenecen al municipio Sifontes y su parroquia San Isidro, cuando lo correcto es que este territorio entre la población de Canaima y hasta la desembocadura del Akanán le pertenece al municipio Piar. 

Lamentablemente en portales geográficos y de información cartográfica como Openstretmap, que es la base de datos utilizada por BingMap, se comete el exabrupto de extender la frontera de Sifontes con Gran Sabana por todo el curso del río Carrao, desde el Akanán hasta casi la desembocadura del Carrao con el Caroní, lo cual es un error que deforma la delimitación oficial de ambos territorios municipales. Ya que como bien lo hemos acotado la frontera de Gran Sabana con Piar es la que se extiende por el Carrao hasta la boca del Akanán, por lo que todo este sector ya descrito, continuidad del Parque Nacional Canaima, pertenece a Piar y no a Sifontes, cuya frontera sur con Gran Sabana se inicia en esa desembocadura del Akanán, hasta las nacientes del Carrao al este en Sierra de Lema y la zona de La Escalera adyacente al curso alto del río Venamo. 

Hasta la década de los 90 del siglo pasado, los límites de Piar y Roscio llegaban hasta la Sierra Pacaraima, que es la zona de frontera entre Venezuela y Brasil.Con sus líneas fronterizas así se verían de imponentes sus territorios en Google Map.

Recordamos  finalmente que el Distrito Piar- antecedente del municipio del mismo nombre con capital en Upata- llegó a tener una  extensión de más de 35 mil kilómetros cuadrados, hasta que el legislativo regional del estado Bolívar comenzó a desmembrar parte de su territorio histórico, para anexarlas primero al Distrito Caroní, y luego a los municipios Gran Sabana y Padre Chien, lo que ocurrió en el lapso 1961-1995. Piar llegó  tener en la primera mitad del siglo XX y hasta la década de los 80  jurisdicción municipal sobre la mitad del Parque Nacional Canaima, en sus sector central y occidental,  parte de las cuencas de los ríos Ikabarú, Carrao, Akanán, Caruay, Urimán, Aponwao, y curso Alto del Caroní. En su límite sur limitaba con la República Federativa de Brasil, en la divisoria de aguas del Amazonas con la del Caroní Orinoco. 

Comentario final

Desde la laguna de Canaima, se visualizan en sucesión los tepuys Kurún, Kusarí o Venedo y Kuruvaina, de izquierda a derecha. Todos estas elevaciones del relieve en el Parque Nacional Canaima, que crean un paisaje de excepcional belleza, pertenecen al municipio Piar, por estar ubicado en la margen derecha del río Carrao. Foto Torsten Siemer, disponible en GoogleEarth.

En cualquier caso por tratarse de un Area Bajo Régimen de Administración Especial, Parque Nacional Canaima y territorio indígena, Zona Estratégica Fronteriza,  la capacidad de acción, control y actuación de poder público municipal, actualmente está muy restringida o limitada en este extenso territorio. 

En la zona de Canaima se centralizan las múltiples infraestructuras de comunicación aérea, comunidades indígenas, posadas, hosterías, centros de recreación turística de alcance internacional, Autoridad de Área del Parque, organismos de seguridad. Mientras que en las comunidades dispersas de la etnia pemón de la margen derecha del río Carrao, dependen para su sustento de este movimiento que genera el sector turístico.

La presencia y actuación del órgano local Alcaldía de Gran Sabana en la zona es mínima, o de rango limitado en el pueblo de Canaima. En el caso de Piar el radio de acción de las políticas públicas de su autoridad municipal concentrada en Upata y El Manteco con sus entes parroquiales, no se extiende hacia los sectores indígenas del Parque Nacional Canaima ubicados en su jurisdicción.

El Campamento Turístico Arekuna, que sí está ubicado en el municipio Piar, no genera actualmente ingresos a la Alcaldía, mediante el pago de tributos o impuestos, ya que en este sector actualmente no cuenta con una dinámica económica fuerte y por ende no tiene mayor impacto en el ámbito de la generación de ingresos y su impacto socioproductivo y de servicios es reducido. La población que sí se ve favorecida con la presencia más o menos organizada del poder público municipal de Piar es El Plomo o Wadapetoy, en la margen derecha del Caroní, distante unos 80 kilómetros de Canaima, que incluso sus pobladores sí han sido incorporados como votantes de esta juridicción, y tienen derecho a elegir  un concejal indígena, por supuesto perteneciente a esta etnia. 





Anexamos la descripción de los límites del municipio Piar con Gran Sabana, Sifontes, Angostura, Roscio, Padre Chien y Caroní,  según se indica en la Ley de División Polìtica Territorial del estado Bolívar sancionada el 27 de diciembre de 1995. Artículo 30.  


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